Multas de INDECOPI: qué pasa si tu negocio no tiene libro de reclamaciones.

En el Perú, el Libro de Reclamaciones es obligatorio para todas las empresas que brindan bienes o servicios al público, según el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N.º 29571). No contar con este libro o no cumplir con su correcto uso puede generar sanciones impuestas por INDECOPI.

Sanciones por no tener un Libro de Reclamaciones:

Si una empresa no cuenta con un Libro de Reclamaciones físico o virtual, INDECOPI puede imponer las siguientes sanciones:

  • Multas de hasta 3 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), lo que equivale a S/15,450 en 2024.

Sanciones por no atender reclamos del Libro de Reclamaciones:

Si la empresa tiene el libro pero no responde o no soluciona los reclamos dentro de los plazos legales (30 días calendario), INDECOPI puede sancionarla con:

  • Multas de hasta 450 UIT, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y el impacto en los consumidores.

Otras infracciones relacionadas:

Además, INDECOPI puede sancionar si la empresa:

  • No informa al consumidor sobre la existencia del Libro de Reclamaciones.
  • No coloca el aviso obligatorio en un lugar visible.
  • No permite el acceso al libro cuando el consumidor lo solicita.
  • Registra información falsa o incompleta en los reclamos.

¿Cómo evitar sanciones?

✔ Tener un Libro de Reclamaciones físico y/o virtual según corresponda.
✔ Colocar el aviso obligatorio en un lugar visible del establecimiento o página web.
✔ Atender y responder los reclamos dentro de los 15 días calendario.
✔ Conservar los registros de los reclamos por al menos 2 años, como exige la normativa.

Si su empresa necesita asesoría para cumplir con las normativas de INDECOPI, en Gambini Abogados podemos ayudarle a evitar sanciones y proteger su negocio.

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